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Mutualista Pichincha realizó el primer proceso virtual de compraventa e hipoteca de una vivienda

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Mutualista Pichincha, llevó a cabo el primer proceso virtual de compraventa e hipoteca de una vivienda, mediante este sistema. El trámite telemático reduce significativamente el tiempo y los costos asociados con estas diligencias, lo que beneficia tanto a los compradores, como a los vendedores de una vivienda.

Juan Carlos Alarcón Chiriboga, gerente general de Mutualista Pichincha, explica que el uso de este proceso, con utilización de una firma electrónica certificada, representa una modificación estructural en la suscripción de los actos y contratos en materia contractual inmobiliaria y crediticia. De esta forma, se da paso a procedimientos ágiles en la suscripción de escrituras públicas y contratos relacionados a la compra y venta de bienes inmuebles (nuevos o de segunda mano).

Por este medio, los compradores y vendedores pueden suscribir las escrituras de manera ágil, segura, oportuna y en definitiva eficiente, desde cualquier lugar y momento. Además, reduce el uso de papel y otros recursos, lo que aporta a una sociedad más sostenible.

El servicio cumple con los más altos estándares de seguridad (disponibilidad, confidencialidad e integridad), lo que garantiza que la información del cliente se mantenga protegida en todo momento, gracias a la normativa legal vigente; esto es a la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos (Ley Nro. 2002-67), en especial y  la Ley Orgánica para la Transformación Digital y Audiovisual.

Esta práctica ayudará a muchas familias y tiene una particular utilidad para los emigrantes ecuatorianos, quienes podrán realizar la adquisición de inmuebles sin la necesidad de asignar poderes a terceros que implican trámites notariales, consulares y/o de apostilla en el exterior.

La celebración o firma de estas escrituras requiere, a más de las formalidades legales y técnicas de ley, que al menos uno de los firmantes, esté, en el momento de la diligencia, en el mismo cantón donde el notario ejerce sus funciones y desde donde dará fe pública del acto.

Por todo lo anterior, Mutualista Pichincha implementó este proceso, con el objetivo de ofrecer una atención integral y de calidad a sus usuarios. «Estamos entusiasmados con la presentación de este nuevo servicio, que hace que los trámites de firma de escrituras sean rápidos, eficientes y accesibles para nuestros clientes», señaló Alarcón. Además, resaltó que esta institución financiera está comprometida en ofrecer soluciones innovadoras que simplifiquen estas diligencias y apoyen el cuidado ambiental, ya que considera que es otra forma de contribuir con la sociedad y el país.

Sobre el proceso de firma electrónica de contratos y escrituras públicas

El Dr. Santiago Guerrón, notario trigésimo quinto de Quito, señala que una vez acordados de forma libre y voluntaria entre las partes, los términos del negocio jurídico, los cuales son recogidos en una minuta firmada por un Abogado, deben comparecer ante en un notario para suscribir una escritura pública que formaliza el acuerdo.

La comparecencia ante el notario, ahora puede ser realizada de forma telemática, mediante videoconferencia que permite interactuar a los comparecientes con el notario, quien debe verificar la capacidad, libertad y conocimiento con el que comparecen las partes y así poder otorgar, con firma electrónica certificada, la respectiva escritura pública.

El procedimiento a seguirse es el siguiente:

  1. Una vez aceptada la operación de crédito y su correspondiente garantía, Mutualista Pichincha refiere a los proveedores de servicios legales y de firma electrónica (previamente calificados por la entidad financiera) para que lleven a cabo la implementación.
  2. El estudio jurídico designado, con quien se desarrolló este servicio, coordina con la empresa proveedora de firma electrónica certificada para que todas las partes involucradas la obtengan.
  3. Tanto la entidad financiera, como la notaría a cargo del proceso, deberán contar con la firma electrónica certificada.
  4. Una vez que todos los involucrados tengan habilitadas sus firmas electrónicas, el estudio jurídico que está prestando el servicio legal, coordina con la notaría y las partes para que se realice la diligencia por videoconferencia, a través de cualquiera de las plataformas digitales (Zoom, Google Meet, Teams, etc.).
  5. En la reunión virtual que deberá tener todas las formalidades establecidas para estos actos y una vez aceptados los términos que el contrato o escritura detallan, las partes, incluido el notario, suscribirán la matriz de compraventa e hipoteca con su firma electrónica certificada.

Realizado este procedimiento se entregarán las copias pertinentes a efectos de que se proceda a su inscripción en el registro de la propiedad

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